sábado. 10.06.2023
EL ARZOBISPADO DE MADRID Y LA VERDADERA TRAMA VII ¡Más auditorías, más Madera!

REDDERE

La nota del Arzobispado de Madrid era taxativa “se realizarán auditorías a las fundaciones del Arzobispado de Madrid, que abarcarán los últimos veinte años”. La primera pregunta es ¿quién será el auditor? El sacerdote que vino  de Murcia?, no es suficiente con que PwC, una de las cuatro grandes auditoras haya auditado 34 fundaciones? Se quiere decir tal vez que se extenderán a las 38 fundaciones restantes. A qué viene esta propuesta de volver a gastar lo ya gastado ¿qué  las impulsa?

 

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Nos preguntamos ¿cómo es posible que desde el Arzobispado se permita que cada día se publiquen en los medios falsedades o medias verdades sobre sus fundaciones sin desmentirlas? Lo único cierto es que con el Delegado Episcopal de Fundaciones llegaron las auditorías, el “compliance” penal y que se cumpliera con lo establecido en la transparencia y blanqueo de capitales, y esto se hizo porque no se cumplía la ley, y porque se detectaron irregularidades económicas y sociales en algunas fundaciones, y para garantizar la seguridad jurídica ante la situación legal en que se encontraban y sobre lo actuado para corregirla, por ello se encargaron las auditorías. Y fue valiente el Cardenal en dar ese paso, era tocar el statu quo de muchos, y más valentía tuvo en impulsar la rotación de activos de algunas fundaciones, porque o no cumplían sus fines adecuadamente, o estaban contablemente en un proceso complicado y aún de disolución, o ambas cosas a la vez. ¿Por qué se quiere actuar sobre lo actuado, para justificar qué? se le está dando un poder plenipotenciario al citado sacerdote, con qué finalidad? Toda la información que manejamos indica una impecable trazabilidad en la toma de decisiones por las distintas fundaciones. El Delegado Episcopal propuso soluciones a los numerosos problemas y así consta en sucesivos “informes ejecutivos” presentados al Consejo Económico, un verdadero ejercicio de rendición de cuentas. 

Animo a los lectores a que se sumerjan en el documento del Doctor Diego Zalbidea, de la Universidad de Navarra,  “Transparencia y rendición de cuentas en el ordenamiento canónico: dar razón de la misericordia”, han leído bien, las auditorías que se realizaron en las fundaciones del Arzobispado de Madrid no iban contra nadie sino en razón de la misericordia, “reddere”, “re - dar”, o “devolver” lo que nos ha sido dado, las auditorías se hicieron porque “la transparencia es un principio general del derecho patrimonial canónico”, y porque “la rendición de cuentas es uno de los medios técnicos principales para garantizar la transparencia”. ¿Qué pasó, Eminencia?, si usted sabe que la rendición de cuentas es pieza clave de una de las materias más sensibles de la opinión pública sobre la Iglesia, porque está en juego la credibilidad de la Iglesia y sus instituciones ¿Qué tienen que ver esas auditorías que se anuncian, buscan otra cosa distinta? ¿Pretenderán echar “más madera” al conflicto, producido no porque el Cardenal “mande parar,” sino porque alguien señale y difame públicamente como culpables a personas de la Iglesia, a personas de bien?

Auditorías de 20 años ¿Han perdido el juicio?

No nos referimos a la acción y efecto de juzgar, ni al estado de sana razón opuesto a locura o delirio, sino a lo que comentábamos ayer, la facultad por la que el ser humano puede distinguir el bien del mal y lo verdadero de lo falso. Tiempos difíciles éstos, como bien decía el conde de La Rochefoucault “en que hemos de demostrar lo que es evidente.” “Una auditoria general que abarque los últimos 20 años”, como todo lo que últimamente sucede con este asunto, a simple vista parece inofensivo, pero en el fondo esconde una posición de fuerza casi perversa. Ante esta sorprendente declaración, es obligado  que replanteemos justo las  preguntas que los medios no se atreven a plantear, ¿quién va a dirigir esa auditoria?  ¿el mismo sacerdote que ha filtrado la información? ¿Es él quién va a decidir qué cosas se han hecho bien y que cosas mal en los últimos 20 años?, ¿es él quien va a decidir a quién culpar de lo sucedido hace 20 años, en caso de que haya existido alguna irregularidad? ¿Es el que apuntará con su dedo inquisidor de una forma justa a personas que en algunos casos no estén vivas? ¿O podrá poner bajo sospecha a personas que hoy ocupen diferentes cargos dentro o fuera de la iglesia, para luego filtrarlo a los medios como es su costumbre con su sola voluntad y criterio?¿Nos damos cuenta del poder absoluto que el Cardenal Osoro le está dando a este sacerdote? ¿Pero para qué?, ¿dónde se ha visto en ninguna empresa, gobierno, administración pública o privada, Fundación o diócesis que se “investiguen” hechos de 20 años atrás? ¿Quién a su vez le controlará a él? Podría ser  el obispo Cobo, que era patrono, entre otras de la Molina – Padilla y testigo directo de las tropelías que allí se cometían?

Con respecto a la Molina Padilla los lectores pueden pedir la Resolución del Protectorado dependiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte -así se llamaba- del 16 de abril de 2018. Es muy clara con respecto a las personas que en la misma se citan. La resolución dice con claridad “Desestima la solicitud a posteriori, solicitada para subsanar la falta de autorización   previa en los supuestos de autocontratación de Doña Gema Isabel Molina Gallardo, Doña Marta Herrero Molina y Don José Manuel Sánchez-Molina….En consecuencia , desde la recepción de la presente resolución no podrá seguir abonándose a las patronas Doña Gema Isabel Molina Gallardo, Doña Marta Herrero Molina, las retribuciones que actualmente perciben de la Fundación” . Lo que hicieron entonces ellas es renunciar a ser Patronas y quedarse como trabajadoras para percibir los altos salarios que se habían aprobado ellas mismas.“Con respecto a D. José Manuel Sánchez-Molina, se le concede un plazo de un mes desde la recepción del presente escrito para que presente su renuncia a la condición de patrono”….”Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de entablar la acción de responsabilidad contra estos patronos a solicitar de la autoridad judicial su destitución”

 

Recordar el Canon 1717

Nos da hasta pudor recordar el Canon 1717. “Siempre que el Ordinario tenga noticia, al menos verosímil de un delito debe investigar con cautela, personalmente o por medio de una persona idónea sobre los hechos y sus circunstancias así como sobre la imputabilidad a no ser que la investigación parezca de todo superflua ”. Continúa “hay que evitar que por esta investigación se ponga en peligro la buena fama de alguien”. Y aclara, que en este caso es tremendo, “quien realiza la investigación tiene los mismos poderes e idénticas obligaciones que el auditor de un proceso; y si se realiza después un proceso judicial, no puede desempeñar en él la función del juez”, éste sacerdote ya ha sido instructor y juez a un tiempo. No sabemos lo que busca el sacerdote en cuestión, pero no tenemos la mínima duda de que la idea de “auditorías de 20 años”, según fuentes del propio Arzobispado,  partió de él mismo. Una auditoría que se presume millonaria en costes, ¿quién la cobrará y a quién beneficia o perjudica?, porque parece que no trabaja gratis, máxime teniendo un despacho, ni más ni menos, que en la calle Serrano de Madrid.parroquia de Jorge y residencia de mayores de San Celedonio

Salvar al soldado Ryan

Parece lógico y hasta sano que, ante una situación jurídica creada en base a unas operaciones inmobiliarias de calado, se investigue, por supuesto que sí. Pero no parece lógico que el mismo investigador haya filtrado toda o casi toda la información a los medios, criminalizando a los anteriores administradores, realizando de facto un juicio paralelo, y sea el encargado de un trabajo así, asumiendo de antemano que dicha auditoria en nuestra opinión no tiene más que un sentido. Y el sentido de esa auditoría que anuncia, en una reflexión lógica, es el de “salvar al soldado Ryan”, como un medio de comunicación definió. Es conocedor que ha metido en un barrizal al Cardenal Osoro, y ha criminalizado a personas honradas dañando su reputación y su buen nombre, cuestión ésta que prohíbe expresamente el derecho canónico donde reza literalmente “hay que evitar que por esta investigación se ponga en peligro la buena fama de alguien”. Continuará.

 

 

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